ASILO Y REFUGIO

Protección para Quienes
Temen Regresar a Casa

Si usted sufre persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social específico, podría tener derecho a asilo en Estados Unidos. Nuestros abogados luchan para proteger su derecho a la seguridad.

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PROTECCIÓN INTERNACIONAL EN LOS ESTADOS UNIDOS

Asilo, estatus de refugiado y suspensión de la expulsión

Estados Unidos tiene una larga tradición de brindar refugio a quienes huyen de la persecución. De acuerdo con la ley de inmigración estadounidense y las obligaciones derivadas de tratados internacionales, quienes cumplen con la definición legal de refugiado pueden solicitar asilo, independientemente de su estatus migratorio actual o de cómo ingresaron al país.

La ley de asilo depende en gran medida de las circunstancias específicas de cada caso y presenta una complejidad procesal considerable. La diferencia entre una solicitud de asilo bien preparada y una mal preparada puede significar, literalmente, la diferencia entre la seguridad y la deportación a un lugar peligroso. Nuestros abogados elaboran casos exhaustivos y con abundante evidencia que brindan a cada cliente la mejor oportunidad posible de protección.
Plazo de solicitud de un año.  En la mayoría de los casos, debe solicitar asilo dentro del plazo de un año a partir de su última llegada a Estados Unidos. No se demore: contacte a un abogado de inmediato si cree que cumple con los requisitos.
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SERVICIOS DE ASILO Y REFUGIADOS

Servicios de asilo y protección que ofrecemos

📝

Asilo Afirmativo (I-589)

Solicitud proactiva de asilo ante el USCIS para personas que no se encuentran en proceso de deportación y que hayan ingresado a Estados Unidos hace menos de un año. Incluye la preparación completa de la solicitud y asesoramiento para la entrevista de asilo.

⚖️

Asilo Defensivo

Representación completa ante un juez de inmigración para personas que solicitan asilo como defensa ante un proceso de deportación. Recopilamos pruebas exhaustivas sobre las condiciones del país de origen y preparamos informes legales detallados.

🌍

Solicitudes de Estatuto de Refugiado

Asistencia para personas que solicitan el reasentamiento a través del Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos (USRAP, por sus siglas en inglés) desde fuera de los Estados Unidos en un centro de procesamiento de refugiados.

🛡️

Retención de la Deportación

Protección alternativa para personas que no cumplen con los requisitos para obtener asilo, pero que enfrentan una clara probabilidad de persecución. No otorga la residencia permanente, pero impide el regreso al país peligroso.

🚫

Convención contra la Tortura (CAT)

Protección para las personas que serían sometidas a tortura por parte del gobierno de su país de origen o con su aquiescencia. Disponible incluso si antecedentes penales impiden la solicitud de asilo.

📈

Apelaciones de Asilo (BIA y Circuito)

Apelaciones de solicitudes de asilo denegadas ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y, de ser necesario, ante los tribunales federales de apelación. Abogados con amplia experiencia en apelaciones en todos los circuitos.

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PREGUNTAS FRECUENTES

Asilo: Preguntas frecuentes respondidas

¿Cuáles son los cinco motivos para solicitar asilo en Estados Unidos?
Para poder optar al asilo, debe demostrar que sufre persecución o que tiene un temor fundado de sufrirla por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. La persecución debe ser perpetrada por el gobierno o por grupos que este no puede o no quiere controlar.
La solicitud de asilo afirmativo la presentan de forma proactiva ante el USCIS las personas que no se encuentran en proceso de deportación, dentro del plazo de un año a partir de su llegada. El asilo defensivo se plantea como defensa ante un tribunal de inmigración por personas que ya se encuentran en proceso de deportación. Los requisitos legales de elegibilidad son los mismos en ambos casos.
Por lo general, debe presentar su solicitud de asilo dentro del plazo de un año a partir de su última llegada a Estados Unidos. Existen excepciones limitadas por circunstancias extraordinarias o cambios en la situación, pero estas se interpretan de forma restrictiva. Presentar la solicitud a tiempo es fundamental.
Si no puede acogerse al asilo, aún podría optar a la suspensión de la deportación o a la protección de la Convención contra la Tortura (CAT). Estas medidas no otorgan la residencia permanente, pero impiden su deportación a un país donde corra el riesgo de sufrir graves daños o tortura.
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